Documenta Catholica Omnia
Non nobis, Domine, non nobis, sed nomini tuo da gloriam


Index Verborum:     decirlo


'
    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos a un Religioso para Alcanzar la Perfecion

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos copiados por Magdalena del Espiritu Santo

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos por la Madre Maria de Jesus

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos procedentes de Antequera

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Avisos recogidos por la edicion de Gerona

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico Espiritual A

§ 30.1

Y tan altas y tan sabrosas son las cosas que por ella pasan en este recogimiento del matrimonio con su Amado, que ella no lo sabe decir, ni aun querría decirlo; porque son de aquellas de que dijo Isaías (Is 24, 16): Secretum meum mihi, secretum meum mihi.

§ 36.2

Y esto es para el alma tan alta gloria y tan profundo y subido deleite, que no hay decirlo por lengua mortal, ni el entendimiento humano, en cuanto tal, puede alcanzar algo de ello.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico espiritual B

§ 37.3

Y esta tal aspiración del Espíritu Santo en el alma, con que Dios la transforma en sí, le es a ella de tan subido y delicado y profundo deleite, que no hay decirlo por lengua mortal, ni el entendimiento humano en cuanto tal puede alcanzar algo de ello; porque aun lo que en esta transformación temporal pasa cerca de esta comunicación en el alma no se puede hablar, porque el alma, unida y transformada en Dios, aspira en Dios a Dios la misma aspiración divina que Dios, estando ella en él transformada, aspira en sí mismo a ella.

§ 37.5

Y cómo esto sea, no hay más saber ni poder para decirlo, sino dar a entender cómo el Hijo de Dios nos alcanzó este alto estado y nos mereció este subido puesto de poder ser hijos de Dios, como dice san Juan (1, 12); y así lo pidió al Padre por el mismo san Juan (17, 24), diciendo: Padre, quiero que los que me has dado, que donde yo estoy, también ellos estén conmigo, para que vean la claridad que me diste; es a saber: que hagan por participación en nosotros la misma obra que yo por naturaleza, que es aspirar el Espíritu Santo.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cantico espiritual CA

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Cautelas

§ 8.

Esta es que guardes con toda guarda de poner el pensamiento y menos la palabra en lo que pasa en la comunidad; qué sea o haya sido ni de algún religioso en particular, no de su condición, no de su trato, no de sus cosas, aunque más graves sean, ni con color de celo ni de remedio, sino a quien de derecho conviene, decirlo a su tiempo; y jamás te escandalices ni maravilles de cosas que veas ni entiendas, procurando tú guardar tu alma en el olvido de todo aquello.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Dichos de luz y amor

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Epistolario

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Grados de Perfecciòn

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    La Subida del Monte Carmelo

§ 2.21.10

Puede el demonio conocer esto, no sólo naturalmente, sino aun de experiencia que tiene de haber visto a Dios hacer cosas semejantes, y decirlo antes y acertar.

§ 2.21.11

Y puede conocer el demonio que Pedro naturalmente (no) puede vivir más de tantos años y decirlo antes.

§ 2.22.16

Porque, aunque parece que no había para qué dar cuenta ni para qué gastar en eso tiempo, pues con desecharlo y no hacer caso de ello ni quererlo, como habemos dicho, queda el alma segura (mayormente cuando son cosas de visiones o revelaciones u otras comunicaciones sobrenaturales, que o son claras o va poco en que sean o no sean) todavía es muy necesario, aunque al alma le parezca que no hay para qué, decirlo todo.

§ 2.22.18

Porque hay algunas almas que sienten mucho en decir las tales cosas, por parecerles que no son nada, y no saben cómo las tomará la persona con quien las han de tratar; lo cual es poca humildad, y, por el mismo caso, es menester sujetarse a decirlo. (Y hay otras) que sienten mucha vergüenza en decirlo, porque no vean que tienen ellas aquellas cosas que parecen de santos, y otras cosas que en decirlo sienten, y, por eso, que no hay para qué lo decir, pues no hacen ellas caso de ello; y, por el mismo caso, conviene que se mortifiquen y lo digan, hasta que estén humildes, llanas y blandas y prontas en decirlo, y después siempre lo dirán con facilidad.

§ 2.22.18

Porque hay algunas almas que sienten mucho en decir las tales cosas, por parecerles que no son nada, y no saben cómo las tomará la persona con quien las han de tratar; lo cual es poca humildad, y, por el mismo caso, es menester sujetarse a decirlo. (Y hay otras) que sienten mucha vergüenza en decirlo, porque no vean que tienen ellas aquellas cosas que parecen de santos, y otras cosas que en decirlo sienten, y, por eso, que no hay para qué lo decir, pues no hacen ellas caso de ello; y, por el mismo caso, conviene que se mortifiquen y lo digan, hasta que estén humildes, llanas y blandas y prontas en decirlo, y después siempre lo dirán con facilidad.

§ 2.22.18

Porque hay algunas almas que sienten mucho en decir las tales cosas, por parecerles que no son nada, y no saben cómo las tomará la persona con quien las han de tratar; lo cual es poca humildad, y, por el mismo caso, es menester sujetarse a decirlo. (Y hay otras) que sienten mucha vergüenza en decirlo, porque no vean que tienen ellas aquellas cosas que parecen de santos, y otras cosas que en decirlo sienten, y, por eso, que no hay para qué lo decir, pues no hacen ellas caso de ello; y, por el mismo caso, conviene que se mortifiquen y lo digan, hasta que estén humildes, llanas y blandas y prontas en decirlo, y después siempre lo dirán con facilidad.

§ 2.22.18

Porque hay algunas almas que sienten mucho en decir las tales cosas, por parecerles que no son nada, y no saben cómo las tomará la persona con quien las han de tratar; lo cual es poca humildad, y, por el mismo caso, es menester sujetarse a decirlo. (Y hay otras) que sienten mucha vergüenza en decirlo, porque no vean que tienen ellas aquellas cosas que parecen de santos, y otras cosas que en decirlo sienten, y, por eso, que no hay para qué lo decir, pues no hacen ellas caso de ello; y, por el mismo caso, conviene que se mortifiquen y lo digan, hasta que estén humildes, llanas y blandas y prontas en decirlo, y después siempre lo dirán con facilidad.

§ 2.31.1

Y éste es el poder de su palabra en el Evangelio, con que sanaba los enfermos, resucitaba los muertos, etc., solamente con decirlo.

§ 3.8.5

Lo que le conviene al espiritual para no caer en este daño de engañarse en su juicio es no querer aplicar su juicio para saber qué sea lo que en sí tiene y siente, o qué será tal o tal visión, noticias o sentimiento, ni tenga gana de saberlo, ni haga caso, sino sólo para decirlo al padre espiritual, para que le enseñe a vaciar la memoria de aquellas aprehensiones.

§ 3.26.8

Pues los bienes de gloria que en la otra vida se siguen por el negamiento de este gozo, no hay necesidad de decirlo; porque, demás que los dotes corporales de gloria, como son agilidad y claridad, serán mucho más excelentes que los de aquellos que no se negaron, así el aumento de la gloria esencial del alma, que responde al amor de Dios por quien negó las dichas cosas sensibles, por cada gozo que negó momentáneo y caduco, como dice San Pablo (2 Cor. 4, 17), inmenso peso de gloria obrará en él eternamente.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Llama de Amor Viva A

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Llama de Amor Viva B

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Noche Oscura

§ 1.14.5

Pero el tiempo que al alma tengan en este ayuno y penitencia del sentido, cuánto sea, no es cosa cierta decirlo, porque no pasa en todos de una manera ni unas mismas tentaciones; porque esto va medido por la voluntad de Dios conforme a lo más o menos que cada uno tiene de imperfección que purgar; y también, conforme al grado de amor de unión a que Dios la quiere levantar, la humillará más o menos intensamente, o más o menos tiempo.

§ 2.17.3

Y así, aunque más gana tuviese de decirlo, y más significaciones trajese, siempre se quedaría secreto y por decir.

§ 2.17.5

De aquí tienen en decirlo grande repugnancia, mayormente cuando la contemplación es algo más sencilla, que la misma alma apenas la siente; que sólo saben decir que el alma está satisfecha y quieta y contenta, o decir que sienten a Dios y que les va bien, a su parecer; mas no hay decir lo que el alma tiene ni la sacarán más que términos generales semejantes a éstos.

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Otras del mismo a lo divino

    

Juan de la Cruz (1542-1591)    Que va por super flumina



Ad Principium

decirla
decirlas
decirle
decirles
decirlo
decirme
decirse
declar
declara

Cooperatorum Veritatis Societas

© 2006 Cooperatorum Veritatis Societas quoad hanc editionem iura omnia asservantur.